Fotografía: Gobernación de Santander
El Gobernador de Santander, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en los artículos 303, 305 numerales 1° y 2° de la constitución Política de Colombia en debido acatamiento de las disposiciones contenidas en el Decreto Nacional 847 de 2020.
Decreta, adicionar en el numeral 7.10 del artículo SEPTIMO del Decreto Departamental 813 del 30 de noviembre de 2020 el cual quedará así:
“7.10 establecer medidas que prohíben el uso de la pólvora durante la vigencia del Decreto”